En los últimos años, el SAT ha endurecido sus criterios de revisión. Hoy no basta con tener una factura: también debes poder demostrar que la operación existió y que está correctamente documentada. En este contexto, la fecha cierta en contratos se ha convertido en un elemento clave para proteger tus deducciones en 2026.

Este artículo explica qué es la fecha cierta, cómo se relaciona con el SAT, las deducciones y qué puedes hacer para proteger tus contratos.

¿Qué es la fecha cierta?

La fecha cierta es una forma de comprobar legalmente el momento exacto en que un contrato fue firmado o, al menos, que ya existía en una fecha determinada.

En contratos privados, simplemente se escribe una fecha en la parte superior del documento. El problema es que, en términos legales, esa fecha por sí sola no siempre prueba que el contrato realmente se firmó ese día.

Si hay una auditoría o revisión del SAT, la autoridad puede preguntarse:

¿Ese contrato existía cuando se emitió la factura? ¿O se elaboró después para justificar la operación?

Ahí es donde entra la fecha cierta. Aporta un respaldo adicional que permite acreditar el momento en que el documento privado quedó formalmente establecido.

¿El SAT exige fecha cierta en los contratos?

La ley no establece expresamente que todos los contratos deban tener fecha cierta para que una factura sea deducible.

Sin embargo, lo que sí exige el SAT es que el contribuyente pueda acreditar la materialidad de la operación, es decir, demostrar que:

  • El servicio o bien realmente se prestó.
  • El proveedor tenía capacidad para realizarlo.
  • Existe documentación suficiente que respalde la transacción.

Dentro de una revisión fiscal, la autoridad puede analizar si el contrato estaba efectivamente formalizado en la fecha que corresponde a la operación facturada. Si hay inconsistencias, la deducción puede ser cuestionada.

Por eso, aunque no sea una obligación automática en todos los casos, la fecha cierta se convierte en una herramienta probatoria relevante para reducir riesgos en auditorías.

Factura y contrato: por qué el CFDI no siempre es suficiente

El CFDI acredita que existe una operación para efectos fiscales, pero no necesariamente demuestra cómo, cuándo y bajo qué condiciones se acordó.

En una revisión, el SAT puede analizar si existe documentación que respalde:

  • Las condiciones pactadas.
  • El alcance real del servicio.
  • Las obligaciones de cada parte.
  • El momento en que se formalizó el acuerdo.

Si no hay contrato, o si el contrato no puede acreditarse con claridad en el tiempo, la autoridad puede cuestionar la materialidad de la operación.

Un riesgo frecuente es emitir la factura primero y formalizar el contrato después. En ese escenario, el SAT podría considerar que el documento fue elaborado para justificar una operación ya facturada, especialmente si no existe evidencia que demuestre que el acuerdo se celebró previamente.

Esto no significa que la deducción se pierda automáticamente, pero sí aumenta el nivel de exposición en una auditoría y traslada al contribuyente la carga de probar que la operación fue real y oportunamente pactada.

Cómo obtener fecha cierta válida en México

Un contrato puede adquirir fecha cierta cuando interviene una autoridad o un mecanismo legal que deje constancia verificable del momento en que el documento existía.

En la práctica, esto puede lograrse de distintas formas:

  • Ante notario o fedatario.
    Las partes pueden acudir para ratificar sus firmas o incluso elevar el contrato a escritura pública. En ambos casos, el notario deja constancia oficial de la fecha en que el documento fue presentado y firmado.
  • Mediante inscripción en un registro público (cuando la ley lo permite o exige).
    Esto ocurre en actos como compraventas de inmuebles, otorgamiento de poderes, constitución de sociedades o ciertas garantías. El registro deja constancia formal de la fecha del acto.
  • En contratos digitales, mediante la NOM-151.
    La NOM-151-SCFI-2016 permite generar una constancia electrónica que acredita que un documento digital existía íntegro en una fecha determinada. Este mecanismo funciona como respaldo probatorio en medios electrónicos y permite otorgar fecha cierta sin necesidad de acudir físicamente ante notario.

En todos los casos, el objetivo es el mismo: contar con un elemento externo y verificable que demuestre que el contrato no fue creado después para justificar una operación.

Materialidad: la palabra clave en 2026

En revisiones fiscales actuales, la autoridad suele analizar:

  • Contrato firmado.
  • Evidencia de prestación del servicio.
  • Entregables.
  • Transferencias bancarias.
  • Correspondencia comercial.
  • Capacidad operativa del proveedor.

La fecha cierta fortalece el expediente documental, porque ayuda a demostrar que el contrato existía antes o al momento de la operación facturada.

Checklist para proteger tus deducciones ante el SAT

Si tu empresa paga servicios o contrata proveedores, asegúrate de:

  • Firmar el contrato antes o al momento de iniciar la relación comercial.
  • Conservar la versión final firmada, sin modificaciones posteriores.
  • Contar con un mecanismo que permita acreditar fecha cierta.
  • Respaldar entregables, reportes, correos y evidencia de cumplimiento.
  • Documentar pagos y transferencias bancarias.

Además, revisa cómo estás firmando y archivando tus contratos. Cuando los documentos se manejan únicamente en papel o en archivos PDF, enviados por correo, carpetas locales, versiones distintas del mismo contrato, el riesgo aumenta exponencialmente:

  • Pueden perderse o deteriorarse.
  • Es muy difícil demostrar cuándo se firmaron.
  • Se complica acreditar integridad y control de versiones.
  • La búsqueda en una auditoría puede complicar el proceso.

Implementar procesos contractuales digitales, con firma digital y registro verificable de cada etapa de la firma, brinda mayor certeza sobre cuándo y cómo se formalizó un contrato. Esto reduce riesgos fiscales y permite responder con orden y seguridad ante cualquier revisión del SAT.

Cuando cada contrato cuenta con respaldo técnico, trazabilidad y evidencia verificable, la empresa no depende únicamente de un archivo firmado, sino de un expediente digital completo que puede acreditarse en el tiempo.

Es importante tener claro que la firma digital demuestra la aceptación de las partes. Sin embargo, para acreditar fecha cierta, se requieren mecanismos adicionales que respalden la integridad del documento y el momento en que quedó formalizado.

En EasyLex, todos los documentos firmados cuentan con respaldo conforme a la NOM-151, lo que permite otorgar fecha cierta en contratos digitales. Además, puedes complementar cada firma con validaciones de seguridad como biometría, verificación por voz, token o SMS para fortalecer la evidencia.

Si tu empresa busca reducir riesgos fiscales y tener contratos con respaldo técnico verificable, integrar firma digital, trazabilidad y fecha cierta es una medida preventiva clave.

Contratos con fecha cierta